zona
(
type: esriFieldTypeString, alias: Zona, length: 2
, Coded Values:
[Z1: Zona de oportunidad I]
, [Z2: Zona de oportunidad II]
, [Z3: Sector de inversión prioritario]
)
val_histo
(
type: esriFieldTypeString, alias: Valor histórico cultural, length: 19
, Coded Values:
[NO: sin valor patrimonial]
, [SI: Con valor patrimonial]
)
clas_r
(
type: esriFieldTypeString, alias: Clasificación de riesgo de las edificaciones, length: 18
, Coded Values:
[CR1: Bandera verde]
, [CR2: Bandera amarilla]
, [CR3: Bandera naranja]
, ...2 more...
)
Description: Niveles de Intervención y Protección o Niveles Permitidos de Intervención, que constituye la clasificación o categorización a través de la cual se reglamentan las intervenciones en los inmuebles. Tales niveles están en consonancia con la lista de valores descritos anteriormente, por lo que su clasificación en el nivel respectivo corresponderá al análisis de dichos valores y a su importancia dentro de la zona de emplazamiento, tanto a nivel local como nacional. Un bien cultural inmueble puede ser subdividido en varios niveles, dependiendo de las características, valores y estado de conservación en el que se encuentren todas sus partes 40 integrantes o por contener diferentes tipos de edificaciones dentro del mismo. Existen cinco diferentes niveles: Integral, Parcial 1, Parcial 2, Contextual 1, Contextual 2, Sin Valor Cultural.
Service Item Id: ee2bb14491cf452c93186c8b18bf07d4
Copyright Text: Fuente: Medidas de Protección para el Centro Histórico de la ciudad de San Salvador, Ministerio de Cultura, (Diario oficial N° 194 - Tomo N° 413 - Fecha: 19 de octubre de 2016).
Description: Decreto Legislativo No. 707 emitido por la Asamblea Legislativa el 30 de marzo de 2023,Publicado en el Diario Oficial el 17 de abril de 2023. Vigencia: 30 días después de su publicación en el Diario Oficial.26 de mayo 2023.Finalización: indefinidaRESALTA DE INTERÉS DE LA OPAMSS LO SIGUIENTE: Se crea la Autoridad de Planificación del Centro Histórico de San Salvador, APLAN adscrita al MITUR, conformada por una JUNTA DIRECTIVA que será la máxima autoridad. El presidente Ejecutivo, nombrado por el Presidente de la República será su representante, y 3 directores nombrados por MITUR, MICULTURA y AMSS Las competencias están en el art. 8 , especialmente: f) Ejercer el control del desarrollo urbano y de las construcciones, para la obtención de permisos de construcción, inspección y recepción de obras, así como el señalamiento de la competencia y responsabilidades en las actuaciones relacionada con la ejecución de los plantes y de los proyectos. k) Otorgar los permisos correspondientes o denegar los mismos, cuando el solicitante no cumpla con los requisitos establecidos para su otorgamiento y cuando se encuentre insolvente en el pago de cualquier cobro que realice la APLAN u otras instituciones. l) Ordenar el cierre cuando el administrado no haya obtenido el permiso correspondiente otorgado por la APLAN. p) Ejecución de proyectos de infraestructura para recuperación y mejora de espacios públicos. r) Ordenar la paralización de cualquier actividad que contravenga las disposiciones legales que se regulan o en materias relacionas a la naturaleza del Centro Histórico. s) Ordenar la paralización de cualquier otra o proyecto en construcción, en caso se realice un hallazgo y que la obra o proyecto pueda representar un daño a un bien cultural. El régimen sancionatorio lo contempla el art. 36 ….en relación a las infracciones y sanciones será conforme a la LDOTAMSS, teniendo la competencia sancionatoria para el caso del Centro Histórico delimitado en el art. 2 Ley APLAN. IMPORTANTE: *** TRANSFERENCIA DE POTESTADES art. 42 Las potestades contenidas en las disposiciones de la LDOTAMSS, que sean necesarias para el cumplimiento de las atribuciones establecidas en la ley APLAN, dentro de la zona delimitada en el art. 2, serán ejercidas por la APLAN. DELIMITACION NORMATIVA art. 43 Por el carácter especial de la ley, no serán aplicables al área delimitada (Centro Histórico) las disposiciones de la LDOTAMSS que no estén relacionadas al objeto de la ley APLAN.
Description: Este shape contiene los límites oficiales del Centro Histórico de San Salvador.
San Salvador: Los límites de San Salvador están respaldados por la "Ordenanza sobre la Conservación del Patrimonio Histórico construido con valor cultural, social o religioso propios del Centro Histórico de la Ciudad de San Salvador".
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